miércoles, 30 de septiembre de 2009

¿POR QUE EXISTE EL ESTADO?

El estado esta formado de un sociedad humana regida por un orden publico y pues si el estado no existiera tampoco exitiria el bien publico toda la sociedad situada en un determinado territorio seria un caos y todos hariamos lo que quisieramos ya que el estado se rigue por el derecho y gracias a el podemos vivir mejor, y uno sin el otro no podria vivir

jueves, 24 de septiembre de 2009

miércoles, 9 de septiembre de 2009

para reflexionar y comentar


"la organización previa nos permite poder responder mas efectivamente que si no estamos organizados"
Nunca en mi vida me había puesto a pensar en esta como oración pero pues si organizarse antes hace q salgan mejor las cosas ya que si no estamos organizados nuestras vidas serian un caos, en la sociedad es muy importante la organización ya que gracias a ella podemos hacer más fácil las cosas y si no estamos organizados pues esta sociedad seria un caos y siempre nos saldrían mal las cosas.
También existes muchas organización q ayudan a que la sociedad mejore cada día las que yo conozco son EPA que nunca he ido y el grupo amistad para ser parte del grupo amistad necesitas ir una semana antes de un retiro que hacen el fin semana y después ir el lunes a una bienvenida la verdad es muy padre por que aunque no todos son jóvenes te das cuenta de muchas cosas que pasa e la vida diaria y tu no te das cuenta o que ni siquiera piensas que existen para que todos esto grupos existen debe de haber una organización.

martes, 1 de septiembre de 2009

requisistos para crear un partido politico

Artículo 22
1. Las organizaciones de ciudadanos que pretendan constituirse en partido político para participar en las elecciones federales deberán obtener su registro ante el Instituto Federal Electoral.
2. Quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa a ellos.
3. La denominación de "partido político nacional" se reserva, para todos los efectos de este Código, a las organizaciones políticas que obtengan y conserven su registro como tal.
4. Los partidos políticos nacionales tienen personalidad jurídica, gozan de los derechos y las prerrogativas y quedan sujetos a las obligaciones que establecen la Constitución y este Código.
5. Los partidos políticos se regirán internamente por sus documentos básicos, tendrán la libertad de organizarse y determinarse de conformidad con las normas establecidas en el presente Código y las que, conforme al mismo, establezcan sus estatutos.
6. En los requisitos de elegibilidad que regulen los estatutos de los partidos sólo podrán establecer exigencias de edad, nacionalidad, residencia, capacidad civil y sentencia ejecutoriada en materia penal. (Invalido este párrafo, por sentencia de la suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada el 3 de Octubre de 2008)